ASILO POLÍTICO
ASILO POLÍTICO
Si tiene miedo de regresar a su país de origen debido a que su libertad, su vida o su integridad están en peligro, puede ser elegible para solicitar asilo político.
La Ley de Inmigración y Nacionalidad (Inmigration and Nationality Act, o “INA”) define un “refugiado” como aquel individuo fuera del país de su nacionalidad (o, para aquellos sin nacionalidad, fuera del país de residencia habitual), quien no puede o no quiere regresar a su país de origen y no puede obtener protección de ese país debido a un miedo real de no obtenerla, haber sufrido persecuciones previas o temer ser perseguido por cuenta de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a algún grupo social, o por su opinión política.
Salvo algunas excepciones, se debe solicitar el asilo político antes de un año de haber ingresado a los Estados Unidos.
Los solicitantes deberán presentar su solicitud de asilo ya será con la División de Asilo de la USCIS o, si se presenta después de que se haya iniciado un proceso de deportación, deberán presentarse ante un juez de Inmigración.
Deberá presentar información detallada referente a sus actividades en el pasado, asociaciones, experiencias de persecución y miedo a ser perseguido en el futuro. También deberán presentar información respecto a las condiciones actuales de su país de origen para sustentar la validez de sus declaraciones. Un solicitante de asilo se enfrentará a un interrogatorio detallado y extenso, ya que al final, la carga de la prueba es para el solicitante, quien deberá comprobar que existen motivos suficientes y válidos para respaldar su solicitud.
Algunos individuos no califican para solicitar asilo, aunque cumplan con todos los demás requisitos. Éstos incluyen:
- Personas que hayan participado en la persecución de otros;
- Individuos que hayan sido condenados por un crimen “particularmente severo” y constituyan un peligro para la comunidad estadounidense o si hay motivos de peso para creer que han cometido un delito serio de carácter no político, fuera de los Estados Unidos;
- Individuos hacia quienes existen motivos suficientes para considerarlos un peligro a la seguridad de los Estados Unidos;
- Solicitantes que hayan participado en actividades terroristas;
- Personas que se han establecido ya en otro país previo a su llegada a los Estados Unidos; y
- Aquellos que no hayan presentado su solicitud durante el primer año a su arribo al país, salvo por circunstancias extraordinarias.
Si la solicitud de asilo es concedida, el beneficiario tendrá derecho de permanecer en los Estados Unidos. Será elegible para solicitar su residencia permanente un año después de haber recibido el asilo. Eventualmente, podrá también ser candidato para solicitar la ciudadanía.
Para poder litigar y ganar un caso de asilo político, se requiere tener conocimiento a fondo de los complejos procedimientos y requisitos para la sustentación del caso. Cuando el tema es algo tan importante y crítico, no se vaya con cualquiera. Asegúrese de tener un abogado experto que luchará por usted. Para ver cómo podemos ayudarle en su solicitud de asilo, comuníquese con nosotros al (213) 739-8889.